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El operador de CCTV debe actuar bajo criterios éticos, legales y de calidad, garantizando que la videovigilancia se utilice de manera responsable y conforme a la normativa vigente.
Este módulo profundiza en las leyes aplicables, los principios éticos y los estándares de desempeño que aseguran un servicio profesional y confiable.
El funcionamiento de los sistemas CCTV está regulado por leyes que buscan equilibrar seguridad y privacidad.
Las más relevantes son:
Ley N° 19.628: regula el tratamiento de datos personales.
Código Penal, Art. 161-A: sanciona la difusión no autorizada de imágenes.
Ley N° 16.744: establece obligaciones sobre prevención de riesgos laborales.
Además, las normas internas de cada institución definen políticas sobre almacenamiento, acceso y eliminación de grabaciones.
El trabajo del operador requiere compromiso con valores fundamentales:
Confidencialidad: no divulgar información obtenida del monitoreo.
Responsabilidad: cumplir los procedimientos de manera diligente.
Imparcialidad: evitar juicios o interpretaciones personales.
Integridad: no alterar ni manipular evidencias.
Respeto: garantizar la privacidad de las personas grabadas.
La ética profesional respalda la confianza institucional y la validez de las acciones.
El operador representa la primera línea de confianza del sistema de videovigilancia.
Debe garantizar que el monitoreo se realice dentro de los límites legales, registrando con transparencia y evitando cualquier uso indebido de las grabaciones.
Su conducta debe ser intachable, tanto en lo técnico como en lo moral.
Cada empresa define políticas que establecen:
Niveles de acceso: operador, supervisor, administrador.
Duración de almacenamiento: tiempo máximo de conservación de grabaciones.
Protocolos de respaldo y eliminación: manejo controlado de los datos.
Restricciones tecnológicas: prohibición de uso de dispositivos personales.
Cumplir estas políticas protege a la organización y al operador de responsabilidades legales.
El uso indebido de información visual puede derivar en sanciones:
Administrativas: suspensión o término de contrato.
Civiles: indemnizaciones por daño moral o privacidad.
Penales: penas por difusión ilícita de grabaciones.
El operador debe conocer sus límites y actuar siempre dentro de la ley.
La calidad del monitoreo depende de la precisión y continuidad del trabajo del operador.
Indicadores principales:
Cumplimiento de protocolos.
Rapidez de respuesta ante incidentes.
Exactitud en los reportes.
Estado operativo del sistema.
La evaluación constante asegura un servicio eficiente y de confianza.
Las organizaciones aplican auditorías, evaluaciones y capacitaciones para mantener estándares altos de desempeño.
El operador debe participar activamente en la mejora continua del sistema, proponiendo soluciones y detectando oportunidades de optimización.
La capacitación continua permite al operador adaptarse a los avances tecnológicos y normativos, fortaleciendo su desempeño y su compromiso ético.
El profesionalismo se demuestra mediante disciplina, atención y respeto por los protocolos de la empresa.
Entre las prácticas recomendadas se incluyen:
Mantener orden en la estación de trabajo.
No dejar sesiones abiertas.
Resguardar contraseñas.
Evitar distracciones durante el turno.
Registrar cada incidente conforme al procedimiento.
Estas acciones refuerzan la seguridad institucional y la fiabilidad del sistema.
El cumplimiento normativo, la ética y la calidad operacional constituyen los pilares del desempeño profesional del operador de CCTV.
Su rol no solo consiste en observar, sino en proteger la información, respetar la ley y garantizar que el sistema de vigilancia funcione con responsabilidad, precisión y respeto a la privacidad.